Pliego de cargos contra Canal RCN por no emitir obras cinematográficas colombianas

La investigación de carácter sancionatorio está a cargo de la sección de Contenidos Audivisuales de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones, CRC.

El Canal de Televisión RCN, según la Comisión violó en los años 2022 y 2023 una resolución que obliga a los canales de televisión a emitir anualmente el 10 por ciento de obras cinematográficas naciones respecto a las producciones extranjeras transmitidas.

De acuerdo con la Ley 182 de 1995 y la Ley 814 de 2003, el cine es un componente de interés social y cultural que contribuye a la diversidad de contenidos y fortalece la identidad nacional.

La norma también establece como uno de los fines del servicio público de televisión “propender por la difusión de los valores humanos y expresiones culturales de carácter nacional, regional y local”. Por tanto, el incumplimiento de esta cuota podría significar una pérdida en términos de representación cultural y diversidad de contenidos.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC, en ejercicio de su función de vigilar el cumplimiento de las normas y asegurar el pluralismo informativo en el país en este caso, mediante la promoción de la difusión de cine nacional que, tal como se establece en la Ley, fortalece el patrimonio cultural y la formación de identidad colectiva, — adelantará la investigación administrativa sancionatoria, explicó la CRC.

Esta investigación se encuentra actualmente en la etapa de descargos, en la que RCN Televisión S.A. tendrá el derecho a presentar sus argumentos de defensa, aportar pruebas o solicitar su práctica, garantizando así el debido proceso.

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