Ana Bejarano Ricaurte
Hace unos años la Fundación para la Libertad de Prensa logró una gesta improbable y agrupó a mujeres periodistas de todo el espectro ideológico para presentar una tutela que denunciaba la violencia digital que recibían. La petición iba acompañada de pruebas con las que demostraron que todas esas voces públicas femeninas recibían la misma persecución: insultos basados en su género: perra, zorra, puta.
El problema no era que María Jimena Duzán o Camila Zuluaga fuesen criticadas por su labor periodística, sino que eran perseguidas con base en su género y para descalificar sus voces. La mediocre falacia ad hominemde los machitos envalentonados desde el anonimato. El mismo que corre campante por todas las plataformas de redes sociales hasta el día de hoy; no es más que rastrear cualquier comentario de una mujer pública en Twitter para constatar ese odio en muchas de las respuestas.
Finalmente, la Corte Constitucional les dio la razón a las periodistas y le ordenó al Congreso que tramitara una ley que ayudara prevenir y sancionar la violencia de género digital. Ya lo había hecho antes la Corte en otro caso al sancionar la difusión de imágenes íntimas de una mujer tomadas en un baño sin su autorización.
En una actuación inesperada, el Congreso se propuso acatar las órdenes de la Corte, cosa que muy pocas veces hace porque hay miles de mandatos legislativos que decreta el alto tribunal que el Congreso ignora hace décadas. Pero esta vez sí hubo proyecto de ley de autoría de la senadora Clara López.
Como ponente fue designado el representante Heráclito Landínez del Pacto Histórico. Ya para el primer debate, el objeto había sido mutado de ser un instrumento para “asegurar una vida libre de violencias por razón de género en entornos digitales” a buscar “asegurar el bien jurídico tutelado de la intimidad”.
La metamorfosis del proyecto de ley No. 366 de 2024 lo convirtió en un posible instrumento de censura, peligroso e inconstitucional. La propuesta crea un nuevo delito que castiga la creación, difusión, distribución o intercambio de fotografías, audios o videos de material íntimo o sexual sin el consentimiento de la persona retratada.
Artículo 25
Desde lejos puede parecer una buena intención, pues es claro que los fenómenos de pornovenganza y distribución sin autorización de fotos íntimas son graves, especialmente para las mujeres, y están en aumento.
El problema es que el mismo delito puede interpretarse como una poderosa arma de censura y persecución de la labor periodística. La definición del “material íntimo” puede evitar que se publiquen chats entre dos políticos corruptos ejecutando sus fechorías.
Además, ese delito puede emplearse en contra de las investigaciones periodísticas que develan violencias basada en género. En muchas ocasiones, las pocas pruebas que hay al respecto son de naturaleza íntima, pero no por ello dejan de ser de interés público.
Hace ocho años el periodista Daniel Coronell publicó las fotografías íntimas que el exdefensor Jorge Armando Otálora enviaba a su subordinada Astrid Cristancho. Ese material sirvió como prueba de una relación sistemática de acoso sexual laboral. De aprobarse el nuevo proyecto de ley, Coronell habría cometido un delito sancionable con prisión de entre 16 y 54 meses. El mismo destino sufrirían las periodistas de la Revista Volcánicas y cualquier otra que para demostrar el acoso o el abuso sexual emplee material que pueda considerarse “íntimo”.
No es ninguna sorpresa que un proyecto de ley ideado para proteger a las mujeres de la violencia de género en línea termine siendo instrumentalizado para proteger a los perpetradores de esa misma violencia. Así funciona este mundo ladeado.
El proyecto contempla además la creación de un “comité rector” para supervisar el tema, como para asegurarse de que nada ocurra, y propone una plataforma virtual que sirve más de barrera que de solución. Son 18 las organizaciones de la sociedad civil que han solicitado al Congreso archivar el proyecto, que además ya no puede ser modificado.
En este país, uno de los más letales para ejercer el periodismo en el mundo, hay que resistir cualquier impulso legislativo que pueda después emplearse como mecanismo de censura. Los parlamentarios detrás de la iniciativa dicen que no está “pensado” para tal fin. Y aunque eso puede ser cierto, el uso que le den abusadores, acosadores litigiosos y depredadores sexuales puede ser devastador para el periodismo de investigación.
Tras la victoria del Gobierno de aprobar su reforma pensional, mañana este nuevo mecanismo soterrado de censura podría convertirse en ley sin que nadie lo detenga.
*Una de las organizaciones que se oponen al proyecto es El Veinte, la cual codirijo. Desde hace un año, de manera pro bono, hago parte de la junta directiva de la FLIP.