Los Danieles. El camino de Ezis

Ana Bejarano Ricaurte

Ana Bejarano Ricaurte

No es rara la incongruencia de decisiones judiciales en Colombia. Se dice que para cada posición de una alta corte existe otra que la contradice. Ese chiste de abogados tiene especiales consecuencias dañinas para el ejercicio de derechos y para la seguridad jurídica, uno de los presupuestos esenciales de cualquier Estado democrático. 

Esta semana se dio a conocer una decisión de la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional que contraría la histórica sentencia que consiguió el movimiento Causa Justa, en la cual se despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación. Y reaccionaron medios, académicos y opinadores.

Tras todo el debate jurídico está la historia de una mujer, a la que llamaremos Ezis. Así suele ocurrir con estas peleas de abogados, siempre existe una persona o un grupo de ellas que está padeciendo un problema real que trasciende la solemnidad de los “resuelves”. 

Ezis es una mujer afiliada a la Institución Prestadora de Salud Indígena (IPSI) Totoguampa. Ella quedó en embarazo y decidió interrumpirlo en la semana décima de gestación, y así lo hizo saber ante su entidad prestadora de salud. (Y no hace falta mencionar sus razones, todas ellas válidas y justificadas, en especial porque era su derecho hacerlo sin ofrecer excusa alguna). La IPSI solicitó la aprobación de la autoridad ancestral del resguardo indígena Polindara, que negó la petición al alegar que la interrupción del embarazo contrariaba esencialmente los “usos y costumbres” de la comunidad. 

Ezis entuteló al resguardo y a la entidad prestadora de salud. En la primera instancia el juez no le dio la razón, pero en la segunda sí. Tal vez por eso la Corte Constitucional decidió revisar ambas decisiones y revocarlas. Además, consideró que la interrupción voluntaria del embarazo no es un derecho fundamental. Todo un absurdo, puesto que la misma calidad de fundamental del derecho al aborto fue la que habilitó el trámite desde su inicio. Volvió además a la cómoda e incompleta fórmula de que falta regulación para garantizar el derecho, cuando ya existe y la citan en la misma providencia.  

Se equivocó gravemente la Corte porque desconoció su propio precedente y expuso un caso de indisciplina judicial con devastadoras consecuencias para las vidas de las mujeres colombianas. Claro que una sentencia de tutela (la que decide un conflicto entre dos o más partes) no puede contrariar ni desconocer lo sentado en una sentencia de constitucionalidad (las que tumban las leyes inconstitucionales). La decisión de febrero de 2022 aún impera en Colombia y las mujeres seguimos teniendo derecho a abortar sin restricciones hasta la semana 24 de gestación. 

Pero es imposible ignorar el nefasto precedente que se sienta, con una Sala de Tutela (solo tres magistrados) que decide desconocer la jurisprudencia de la Sala Plena (la corte completa). Esta decisión, aunque solo aplique para las partes involucradas, genera desinformación, como ocurrió con varios medios que anunciaron incorrectamente la revocatoria de la despenalización del aborto. También les da razones a prestadores de salud, médicos y otras entidades para oponerse injustamente a realizar procedimientos. Y lo más grave: confunde a mujeres en estado de necesidad sobre el ejercicio y alcance de sus derechos sexuales y reproductivos.  

Siempre ha sido así la lucha por la libertad sexual y reproductiva de las mujeres en Colombia: pasos formales que son después desconocidos en la práctica. Y por eso es una causa que está muy lejos de acabar. Desde ya se comentan posibles decisiones similares de la Corte, que podrían tener efectos catastróficos.    

En el caso de Ezis, la batalla judicial alargó su embarazo no deseado hasta no tener una opción diferente que llevarlo a término. Una circunstancia que organismos internacionales han calificado de tortura. Aunque ella estaba afiliada a una IPS indígena, afirma no hacer parte de esa comunidad, ni reconoce en ella los valores que guían su vida. La tensión entre las cosmovisiones de los pueblos originarios y el derecho de las mujeres indígenas a autodeterminar su vida reproductiva deberá ser liderada por ellas mismas, y para ello contarán con el apoyo del resto de feminismos colombianos.   

El reversazo de un tercio de la Corte es el símbolo perfecto de un derecho que nos ha costado mucho afianzar. Y es gracias a mujeres como Ezis, que alzan su voz en los rincones del territorio, que desde ya avizoramos el camino que aún resta por recorrer.     
 

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