El precio de la ley y el blanqueamiento del fraude

Capitolio Nacional de Colombia, sede del Congreso de la República en Bogotá. Foto Radio Nacional/Yahoo

Por Jaime Burgos Martínez*

El tráfico de influencias en el Congreso de la República no es un delito de oficina; es una fractura al orden constitucional. Cuando el Consejo de Estado, en primera instancia, despoja de su investidura parlamentaria al expresidente del Senado, no hace más que firmar el acta de defunción de una farsa. Se ha probado que la dignidad del Congreso se cotizó en el mercado de las componendas legislativas; el estrado principal se cedió como mercancía barata para aceitar el trámite de la reforma pensional. Sin embargo, lo verdaderamente alarmante no es que la corrupción haya invadido el Capitolio Nacional. Lo trágico es la sospecha de que ese mismo veneno se haya inoculado en los despachos de las altas cortes. A fin de cuentas, si el legislador subasta su mandato por unas monedas, ¿qué nos asegura que las sentencias no se estén pesando en la misma balanza clandestina?

A su vez, la sombra de la duda ya asedia a la Corte Constitucional. No es un secreto que el retiro digno de millones de colombianos depende hoy de un hilo jurídico cuestionado. Las maniobras procedimentales que terminaron por salvar el grueso de la Ley 2381 de 2024 —al reconocer flagrantes vicios de trámite, pero devolver apenas unos cuantos remiendos a la Cámara de Representantes— obligan a encender las alarmas. La justicia penal y la constitucional no pueden permitirse el lujo de parecer cómplices de este entramado.

Aunque la narrativa oficial justificó la reforma bajo la bandera de la equidad vertical frente a las fallas de la Ley 100, en el fondo se pretendía asfixiar a Colpensiones. El objetivo solapado era que el Estado se desentendiera de su responsabilidad pensional. Al fijar el umbral obligatorio en 2.3 salarios mínimos, se condena la financiación futura del sistema piramidal. Bajo este escenario, el nuevo modelo unificado de pilares transfiere los aportes excedentes a los fondos privados, donde las cotizaciones se administrarán con una ínfima rentabilidad. La consecuencia directa es lapidaria: pensiones exiguas.

Por eso, lo que se debate bajo el ropaje de la técnica jurídica es el sudor acumulado de los trabajadores. La paradoja es grotesca: mientras el anterior Gobierno se ufana de un rédito político, la propia Colpensiones clama ante la magistratura un aplazamiento agónico hasta 2028. La entidad admite, con fría lucidez, que el nuevo sistema carece de soporte operativo y amenaza con nacer muerto. Si el origen de la reforma pensional está manchado por el fango de la corrupción, cualquier fallo judicial de espaldas a la ética parlamentaria no será un acto de justicia; será, simplemente, legitimar el fraude.

*Jaime Burgos Martínez 

Abogado, especialista en derechos administrativo y disciplinario.

Bogotá, D. C., octubre de 2026

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2 comentarios

  1. Magnifico articulo mi doc Jaime.
    El modus operandi en la tramitación de leyes, etc, es una constante desde tiempos inveterados.
    La prueba contra el senador sancionado se reduce a la dejación de la presidencia. Casos similares son innumerables.
    Sobre los $3.000.000.000, que tal que hayan quedado en manos de la mensajera?

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